Resumen del Artículo once

Artículo once del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — Uno. Las Salas del Tribunal Constitucional conocerán de los asuntos que, atribuidos a la justicia constitucional, no sean de la competencia del Pleno. Dos. También conocerán las Salas de aquellas cuestiones que, habiendo sido atribuidas al conocimiento de las Secciones,…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo once

Uno. Las Salas del Tribunal Constitucional conocerán de los asuntos que, atribuidos a la justicia constitucional, no sean de la competencia del Pleno.

Dos. También conocerán las Salas de aquellas cuestiones que, habiendo sido atribuidas al conocimiento de las Secciones, entiendan que por su importancia deba resolver la propia Sala.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo once

¿Qué dice el Artículo once del LOTC?

Uno. Las Salas del Tribunal Constitucional conocerán de los asuntos que, atribuidos a la justicia constitucional, no sean de la competencia del Pleno. Dos. También conocerán las Salas de aquellas…

¿El Artículo once del LOTC está vigente?

El artículo once del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo once dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo once?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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