Resumen del Artículo cuarenta y tres

Artículo cuarenta y tres del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y tres Uno. Las violaciones de los derechos y libertades antes referidos originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios, o de los órganos ejecutivos colegiados de las comunidades autónomas o de sus…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y tres

Uno. Las violaciones de los derechos y libertades antes referidos originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios, o de los órganos ejecutivos colegiados de las comunidades autónomas o de sus autoridades o funcionarios o agentes, podrán dar lugar al recurso de amparo una vez que se haya agotado la vía judicial procedente.

Dos. El plazo para interponer el recurso de amparo constitucional será el de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.

Tres. El recurso sólo podrá fundarse en la infracción por una resolución firme de los preceptos constitucionales que reconocen los derechos o libertades susceptibles de amparo.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y tres

¿Qué dice el Artículo cuarenta y tres del LOTC?

y tres Uno. Las violaciones de los derechos y libertades antes referidos originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o…

¿El Artículo cuarenta y tres del LOTC está vigente?

El artículo cuarenta y tres del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y tres dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y tres?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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