Artículo ciento diecinueve
Los plazos a los que se refiere esta Ley son improrrogables y se entienden referidos, siempre, en días naturales.
Norma publicada: 19 de junio de 1985
Resumen del Artículo ciento diecinueve
Artículo ciento diecinueve del Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) — diecinueve Los plazos a los que se refiere esta Ley son improrrogables y se entienden referidos, siempre, en días naturales.
Los plazos a los que se refiere esta Ley son improrrogables y se entienden referidos, siempre, en días naturales.
Norma publicada: 19 de junio de 1985
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diecinueve Los plazos a los que se refiere esta Ley son improrrogables y se entienden referidos, siempre, en días naturales.
El artículo ciento diecinueve del LOREG está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VI › SECCIÓN XVII.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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