Resumen del Artículo ciento cincuenta y tres

Artículo ciento cincuenta y tres del Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) — cincuenta y tres 1. Toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente Ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza…

LOREGVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo ciento cincuenta y tres

1. Toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente Ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares.

2. Las infracciones de lo dispuesto en esta Ley sobre régimen de encuestas electorales serán sancionadas con multa de 3.000 a 30.000 de euros.

3. A las infracciones electorales consistentes en la superación por los partidos políticos de los límites de gastos electorales les será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

Norma publicada: 19 de junio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo ciento cincuenta y tres

¿Qué dice el Artículo ciento cincuenta y tres del LOREG?

cincuenta y tres 1. Toda infracción de las normas obligatorias establecidas en la presente Ley que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000…

¿El Artículo ciento cincuenta y tres del LOREG está vigente?

El artículo ciento cincuenta y tres del LOREG está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo ciento cincuenta y tres dentro del LOREG?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO VIII › SECCIÓN IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo ciento cincuenta y tres?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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