Resumen del Artículo Disposición final decimoquinta

Artículo Disposición final decimoquinta del Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) — Disposición final decimoquinta. Desarrollo normativo. Se habilita al Gobierno para desarrollar lo dispuesto en los artículos 3.2, 38.6, 45.2, 63.3, 96.3 y disposición adicional sexta, en los términos establecidos en ellos.

LOPDGDDVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final decimoquintaDisposición final decimoquinta

Disposición final decimoquinta. Desarrollo normativo.

Se habilita al Gobierno para desarrollar lo dispuesto en los artículos 3.2, 38.6, 45.2, 63.3, 96.3 y disposición adicional sexta, en los términos establecidos en ellos.

Norma publicada: 5 de diciembre de 2018

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final decimoquinta

¿Qué dice el Artículo Disposición final decimoquinta del LOPDGDD?

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¿El Artículo Disposición final decimoquinta del LOPDGDD está vigente?

El artículo Disposición final decimoquinta del LOPDGDD está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final decimoquinta dentro del LOPDGDD?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final decimoquinta?

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