Resumen del Artículo 86

Artículo 86 del Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) — Derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales. Toda persona tiene derecho a solicitar motivadamente de los medios de comunicación digitales la inclusión de un aviso de actualización suficientemente visible junto a las noticias que le conciernan…

LOPDGDDVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 86

Toda persona tiene derecho a solicitar motivadamente de los medios de comunicación digitales la inclusión de un aviso de actualización suficientemente visible junto a las noticias que le conciernan cuando la información contenida en la noticia original no refleje su situación actual como consecuencia de circunstancias que hubieran tenido lugar después de la publicación, causándole un perjuicio.

En particular, procederá la inclusión de dicho aviso cuando las informaciones originales se refieran a actuaciones policiales o judiciales que se hayan visto afectadas en beneficio del interesado como consecuencia de decisiones judiciales posteriores. En este caso, el aviso hará referencia a la decisión posterior.

Norma publicada: 5 de diciembre de 2018

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 86

¿Qué dice el Artículo 86 del LOPDGDD?

Derecho a la actualización de informaciones en medios de comunicación digitales. Toda persona tiene derecho a solicitar motivadamente de los medios de comunicación digitales la inclusión de un aviso…

¿El Artículo 86 del LOPDGDD está vigente?

El artículo 86 del LOPDGDD está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 86 dentro del LOPDGDD?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 86?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.