Resumen del Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno

Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — a 291.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno

¿Qué dice el Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno del LOPJ?

a 291.

¿El Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno del LOPJ está vigente?

El artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo doscientos setenta y nueve a doscientos noventa y uno?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.