Resumen del Artículo cuatrocientos noventa y seis

Artículo cuatrocientos noventa y seis del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — Los funcionarios tienen los siguientes derechos colectivos, en los términos establecidos por la Constitución y las leyes: a) A la libre asociación profesional. b) A la libre sindicación. c) A la actividad sindical. d) De huelga, en los términos contenidos en la legislación…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuatrocientos noventa y seis

Los funcionarios tienen los siguientes derechos colectivos, en los términos establecidos por la Constitución y las leyes:

a) A la libre asociación profesional.

b) A la libre sindicación.

c) A la actividad sindical.

d) De huelga, en los términos contenidos en la legislación general del Estado para funcionarios públicos, garantizándose el mantenimiento de los servicios esenciales de la Administración de Justicia.

e) A la negociación colectiva, a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo, para lo cual se establecerán los marcos adecuados que permitan una mayor y más intensa participación de los representantes de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, a través de grupos de trabajo, mesas o cualquier otro foro de diálogo y negociación.

f) De reunión.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuatrocientos noventa y seis

¿Qué dice el Artículo cuatrocientos noventa y seis del LOPJ?

Los funcionarios tienen los siguientes derechos colectivos, en los términos establecidos por la Constitución y las leyes: a) A la libre asociación profesional. b) A la libre sindicación. c) A la…

¿El Artículo cuatrocientos noventa y seis del LOPJ está vigente?

El artículo cuatrocientos noventa y seis del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuatrocientos noventa y seis dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VI › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuatrocientos noventa y seis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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