Resumen del Artículo cincuenta y cuatro

Artículo cincuenta y cuatro del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — El Tribunal Supremo se compondrá de su Presidente, de los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley para cada una de las Salas y, en su caso, Secciones en que las mismas puedan articularse.

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y cuatro

El Tribunal Supremo se compondrá de su Presidente, de los Presidentes de Sala y los Magistrados que determine la ley para cada una de las Salas y, en su caso, Secciones en que las mismas puedan articularse.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y cuatro

¿Qué dice el Artículo cincuenta y cuatro del LOPJ?

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¿El Artículo cincuenta y cuatro del LOPJ está vigente?

El artículo cincuenta y cuatro del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y cuatro dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO I › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y cuatro?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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