Resumen del Artículo ciento cinco

Artículo ciento cinco del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del mismo. Su categoría y honores serán los correspondientes al titular de uno de los…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo ciento cinco

El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del mismo. Su categoría y honores serán los correspondientes al titular de uno de los tres poderes del Estado.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo ciento cinco

¿Qué dice el Artículo ciento cinco del LOPJ?

El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del…

¿El Artículo ciento cinco del LOPJ está vigente?

El artículo ciento cinco del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo ciento cinco dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO ÚNICO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo ciento cinco?

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