Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima cuarta

Artículo Disposición adicional vigésima cuarta del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — Disposición adicional vigésima cuarta. Menciones a los Juzgados de Paz. Una vez constituidas las Oficinas de Justicia en los municipios, todas las referencias normativas a los Juzgados de Paz se entenderán hechas a los jueces y las juezas de paz cuando se refieran a las…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional vigésima cuartaDisposición adicional vigésima cuarta

Disposición adicional vigésima cuarta. Menciones a los Juzgados de Paz.

Una vez constituidas las Oficinas de Justicia en los municipios, todas las referencias normativas a los Juzgados de Paz se entenderán hechas a los jueces y las juezas de paz cuando se refieran a las competencias que estos tengan en materia jurisdiccional o cualquier otra que les venga atribuida por la legislación. Las referencias hechas a los Juzgados de Paz, en todos los demás casos, se entenderán realizadas a las Oficinas de Justicia en los municipios.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima cuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigésima cuarta del LOPJ?

Disposición adicional vigésima cuarta. Menciones a los Juzgados de Paz. Una vez constituidas las Oficinas de Justicia en los municipios, todas las referencias normativas a los Juzgados de Paz se…

¿El Artículo Disposición adicional vigésima cuarta del LOPJ está vigente?

El artículo Disposición adicional vigésima cuarta del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigésima cuarta dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VIII.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigésima cuarta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.