Resumen del Artículo Disposición final séptima

Artículo Disposición final séptima del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOI) — Disposición final séptima. Medidas para posibilitar los permisos de maternidad y paternidad de las personas que ostentan un cargo electo. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno promoverá el acuerdo necesario para iniciar un proceso de modificación de la…

LOIVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final séptimaDisposición final séptima

Disposición final séptima. Medidas para posibilitar los permisos de maternidad y paternidad de las personas que ostentan un cargo electo.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno promoverá el acuerdo necesario para iniciar un proceso de modificación de la legislación vigente con el fin de posibilitar los permisos de maternidad y paternidad de las personas que ostenten un cargo electo.

Norma publicada: 22 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final séptima

¿Qué dice el Artículo Disposición final séptima del LOI?

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¿El Artículo Disposición final séptima del LOI está vigente?

El artículo Disposición final séptima del LOI está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final séptima dentro del LOI?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final séptima?

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