Artículo 8
Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
Norma publicada: 22 de marzo de 2007
Resumen del Artículo 8
Artículo 8 del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOI) — Discriminación por embarazo o maternidad. Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
Norma publicada: 22 de marzo de 2007
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Discriminación por embarazo o maternidad. Constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
El artículo 8 del LOI está vigente.
Forma parte del articulado del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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