Resumen del Artículo 4

Artículo 4 del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres (LOI) — Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de…

LOIVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 4

La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.

Norma publicada: 22 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 4

¿Qué dice el Artículo 4 del LOI?

Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento…

¿El Artículo 4 del LOI está vigente?

El artículo 4 del LOI está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 4 dentro del LOI?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 4?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.