Resumen del Artículo Disposición adicional única

Artículo Disposición adicional única del Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros (LOEx) — Disposición adicional única. Plazo máximo para resolución de expedientes. Las solicitudes de prórroga del permiso de residencia así como la renovación del permiso de trabajo que se formulen por los interesados a tenor de lo dispuesto en la presente Ley Orgánica se resolverán en…

LOExVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional únicaDisposición adicional única

Disposición adicional única. Plazo máximo para resolución de expedientes.

Las solicitudes de prórroga del permiso de residencia así como la renovación del permiso de trabajo que se formulen por los interesados a tenor de lo dispuesto en la presente Ley Orgánica se resolverán en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se entenderá que la prórroga o renovación han sido concedidas.

Norma publicada: 11 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional única

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional única del LOEx?

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¿El Artículo Disposición adicional única del LOEx está vigente?

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