Resumen del Artículo Disposición adicional primera

Artículo Disposición adicional primera del Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) — Disposición adicional primera. Sobre la consideración legal de la muerte. La muerte como consecuencia de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos, independientemente de la codificación realizada en la misma.

LOREVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera

Disposición adicional primera. Sobre la consideración legal de la muerte.

La muerte como consecuencia de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos, independientemente de la codificación realizada en la misma.

Norma publicada: 24 de marzo de 2021

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional primera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional primera del LORE?

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¿El Artículo Disposición adicional primera del LORE está vigente?

El artículo Disposición adicional primera del LORE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional primera dentro del LORE?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO V.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional primera?

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