Resumen del Artículo Disposición transitoria octava

Artículo Disposición transitoria octava del Ley de Marcas (LM) — Disposición transitoria octava. Caducidad por falta de pago de quinquenios. El artículo 56 de la presente Ley será aplicable a las marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento cuando hubiera de declararse la caducidad de los mismos por la ausencia de pago de los…

LMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria octavaDisposición transitoria octava

Disposición transitoria octava. Caducidad por falta de pago de quinquenios.

El artículo 56 de la presente Ley será aplicable a las marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento cuando hubiera de declararse la caducidad de los mismos por la ausencia de pago de los quinquenios de mantenimiento.

Norma publicada: 7 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria octava

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria octava del LM?

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¿El Artículo Disposición transitoria octava del LM está vigente?

El artículo Disposición transitoria octava del LM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria octava dentro del LM?

Forma parte del articulado del Ley de Marcas.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria octava?

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