Resumen del Artículo 3

Artículo 3 del Ley de Marcas (LM) — Legitimación. 1. Podrán obtener el registro de marcas o nombres comerciales las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades de derecho público. 2. Las personas mencionadas en el apartado 1 podrán invocar la aplicación en su beneficio de las disposiciones de cualquier…

LMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 3

1. Podrán obtener el registro de marcas o nombres comerciales las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades de derecho público.

2. Las personas mencionadas en el apartado 1 podrán invocar la aplicación en su beneficio de las disposiciones de cualquier tratado internacional que resulte de aplicación en España, en cuanto les fuere de aplicación directa, en todo lo que les sea más favorable respecto de lo dispuesto en esta Ley.

Norma publicada: 7 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 3

¿Qué dice el Artículo 3 del LM?

Legitimación. 1. Podrán obtener el registro de marcas o nombres comerciales las personas físicas o jurídicas, incluidas las entidades de derecho público. 2. Las personas mencionadas en el apartado 1…

¿El Artículo 3 del LM está vigente?

El artículo 3 del LM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 3 dentro del LM?

Forma parte del articulado del Ley de Marcas.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 3?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.