Resumen del Artículo 12

Artículo 12 del Ley de Marcas (LM) — Requisitos de la solicitud. 1. La solicitud de registro de marca deberá contener, al menos: a) Una instancia por la que se solicite el registro de marca. b) La información que permita identificar al solicitante. c) Una representación de la marca que cumpla los requisitos…

LMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 12

1. La solicitud de registro de marca deberá contener, al menos:

a) Una instancia por la que se solicite el registro de marca.

b) La información que permita identificar al solicitante.

c) Una representación de la marca que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 4, letra b).

d) La lista de los productos o servicios para los que se solicita el registro.

2. La solicitud dará lugar al pago de una tasa, cuya cuantía vendrá determinada por el número de clases de productos o servicios del nomenclátor internacional establecido en virtud del Arreglo de Niza de 15 de junio de 1957 que se soliciten.

3. La solicitud de marca deberá cumplir los demás requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Norma publicada: 7 de diciembre de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 12

¿Qué dice el Artículo 12 del LM?

Requisitos de la solicitud. 1. La solicitud de registro de marca deberá contener, al menos: a) Una instancia por la que se solicite el registro de marca. b) La información que permita identificar al…

¿El Artículo 12 del LM está vigente?

El artículo 12 del LM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 12 dentro del LM?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 12?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.