Resumen del Artículo 125

Artículo 125 del Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) — 1. Con el escrito de personación y alegaciones podrá acompañarse la documentación que se estime oportuna para enjuiciar la legalidad de la disposición cuestionada. 2. Terminado el plazo de personación y alegaciones, el Secretario judicial declarará concluso el procedimiento. La…

LJCAVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 125

1. Con el escrito de personación y alegaciones podrá acompañarse la documentación que se estime oportuna para enjuiciar la legalidad de la disposición cuestionada.

2. Terminado el plazo de personación y alegaciones, el Secretario judicial declarará concluso el procedimiento. La sentencia se dictará en los diez días siguientes a dicha declaración. No obstante, podrá el Tribunal rechazar, en trámite de admisión, mediante auto y sin necesidad de audiencia de las partes, la cuestión de ilegalidad cuando faltaren las condiciones procesales.

3. El plazo para dictar sentencia quedará interrumpido si, para mejor proveer, el Tribunal acordara reclamar el expediente de elaboración de la disposición cuestionada o practicar alguna prueba de oficio. En estos casos el Secretario judicial acordará oír a las partes por plazo común de cinco días sobre el expediente o el resultado de la prueba.

Norma publicada: 13 de julio de 1998

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 125

¿Qué dice el Artículo 125 del LJCA?

1. Con el escrito de personación y alegaciones podrá acompañarse la documentación que se estime oportuna para enjuiciar la legalidad de la disposición cuestionada. 2. Terminado el plazo de…

¿El Artículo 125 del LJCA está vigente?

El artículo 125 del LJCA está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 125 dentro del LJCA?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 125?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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