Resumen del Artículo Disposición derogatoria segunda

Artículo Disposición derogatoria segunda del Ley del IVA (LIVA) — Disposición derogatoria segunda. Disposiciones que continuarán en vigor. Seguirán en vigor las siguientes normas: 1.º Las disposiciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido contenidas en la Ley 6/1987, de 14 de mayo, sobre dotaciones presupuestarias para inversiones y…

LIVAVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición derogatoria segundaDisposición derogatoria segunda

Disposición derogatoria segunda. Disposiciones que continuarán en vigor.

Seguirán en vigor las siguientes normas:

1.º Las disposiciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido contenidas en la Ley 6/1987, de 14 de mayo, sobre dotaciones presupuestarias para inversiones y sostenimiento de las Fuerzas Armadas.

2.º Las normas reglamentarias del Impuesto sobre el Valor Añadido creado por la Ley 30/1985, de 2 de agosto, en cuanto no se opongan a los preceptos de esta Ley o a las normas que la desarrollan.

Norma publicada: 28 de diciembre de 1992

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición derogatoria segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición derogatoria segunda del LIVA?

Disposición derogatoria segunda. Disposiciones que continuarán en vigor. Seguirán en vigor las siguientes normas: 1.º Las disposiciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido contenidas en la…

¿El Artículo Disposición derogatoria segunda del LIVA está vigente?

El artículo Disposición derogatoria segunda del LIVA está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición derogatoria segunda dentro del LIVA?

Forma parte del articulado del Ley del IVA.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición derogatoria segunda?

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