Resumen del Artículo 43

Artículo 43 del Ley del IVA (LIVA) — Importaciones de productos farmacéuticos utilizados con ocasión de competiciones deportivas internacionales. Estarán exentas del impuesto las importaciones de los productos farmacéuticos destinados al uso de las personas o de los animales que participen en competiciones…

LIVAVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 43

Estarán exentas del impuesto las importaciones de los productos farmacéuticos destinados al uso de las personas o de los animales que participen en competiciones deportivas internacionales, en cantidades apropiadas a sus necesidades durante el tiempo de su permanencia en el territorio de aplicación del impuesto.

Norma publicada: 28 de diciembre de 1992

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 43

¿Qué dice el Artículo 43 del LIVA?

Importaciones de productos farmacéuticos utilizados con ocasión de competiciones deportivas internacionales. Estarán exentas del impuesto las importaciones de los productos farmacéuticos destinados…

¿El Artículo 43 del LIVA está vigente?

El artículo 43 del LIVA está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 43 dentro del LIVA?

Se encuentra en la estructura: Capítulo III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 43?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.