Resumen del Artículo Disposición transitoria vigésima cuarta

Artículo Disposición transitoria vigésima cuarta del Ley del IRPF (LIRPF) — Disposición transitoria vigésima cuarta. Rendimientos del trabajo en especie consistentes en la utilización de vivienda. Durante el período impositivo 2013, los rendimientos del trabajo en especie derivados de la utilización de vivienda cuando esta no sea propiedad del pagador…

LIRPFVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición transitoria vigésima cuartaDisposición transitoria vigésima cuarta

Disposición transitoria vigésima cuarta. Rendimientos del trabajo en especie consistentes en la utilización de vivienda.

Durante el período impositivo 2013, los rendimientos del trabajo en especie derivados de la utilización de vivienda cuando esta no sea propiedad del pagador se podrán seguir valorando conforme a lo dispuesto en la letra a) del número 1.º del apartado 1 del artículo 43 de esta Ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2012, siempre que la entidad empleadora ya viniera satisfaciendo los mismos en relación con dicha vivienda con anterioridad a 4 de octubre de 2012.

Norma publicada: 28 de noviembre de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria vigésima cuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria vigésima cuarta del LIRPF?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria vigésima cuarta?

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