Resumen del Artículo Disposición final cuarta

Artículo Disposición final cuarta del Ley de Investigación Biomédica (LIB) — Disposición final cuarta. El punto 2 de la letra A) del anexo de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, de técnicas de reproducción humana asistida, queda redactado en los siguientes términos: «2. Fecundación in Vitro e inyección intracitoplásmica de espermatozoides con gametos propios…

LIBVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final cuartaDisposición final cuarta

Disposición final cuarta.

El punto 2 de la letra A) del anexo de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, de técnicas de reproducción humana asistida, queda redactado en los siguientes términos:

«2. Fecundación in Vitro e inyección intracitoplásmica de espermatozoides con gametos propios o de donante y con transferencia de preembriones.»

Norma publicada: 3 de julio de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final cuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición final cuarta del LIB?

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¿El Artículo Disposición final cuarta del LIB está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final cuarta dentro del LIB?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final cuarta?

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