Resumen del Artículo Disposición adicional novena

Artículo Disposición adicional novena del Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) — Disposición adicional novena. Participaciones preferentes. El régimen de información establecido en el artículo 44 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de…

LISVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional novenaDisposición adicional novena

Disposición adicional novena. Participaciones preferentes.

El régimen de información establecido en el artículo 44 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, resultará de aplicación a las remuneraciones derivadas de las participaciones preferentes que cumplan los requisitos previstos en la Disposición adicional primera de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, cualquiera que sea la calificación contable.

Norma publicada: 27 de noviembre de 2014

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional novena

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional novena del LIS?

Disposición adicional novena. Participaciones preferentes. El régimen de información establecido en el artículo 44 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e…

¿El Artículo Disposición adicional novena del LIS está vigente?

El artículo Disposición adicional novena del LIS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional novena dentro del LIS?

Forma parte del articulado del Ley del Impuesto sobre Sociedades.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional novena?

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