Resumen del Artículo 28

Artículo 28 del Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) — Devengo del impuesto. El impuesto se devengará el último día del período impositivo.

LISVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 28

El impuesto se devengará el último día del período impositivo.

Norma publicada: 27 de noviembre de 2014

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 28

¿Qué dice el Artículo 28 del LIS?

Devengo del impuesto. El impuesto se devengará el último día del período impositivo.

¿El Artículo 28 del LIS está vigente?

El artículo 28 del LIS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 28 dentro del LIS?

Forma parte del articulado del Ley del Impuesto sobre Sociedades.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 28?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.