Resumen del Artículo 180

Artículo 180 del Ley Hipotecaria (LH) — Si el marido careciere de bienes con que constituir la hipoteca de que trata el número tercero del artículo ciento sesenta y nueve, quedará obligado a constituirla sobre los primeros inmuebles o derechos reales que adquiera, pero sin que esta obligación pueda perjudicar a…

LHVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 180

Si el marido careciere de bienes con que constituir la hipoteca de que trata el número tercero del artículo ciento sesenta y nueve, quedará obligado a constituirla sobre los primeros inmuebles o derechos reales que adquiera, pero sin que esta obligación pueda perjudicar a tercero mientras que no se inscriba la hipoteca.

Norma publicada: 8 de febrero de 1946

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 180

¿Qué dice el Artículo 180 del LH?

Si el marido careciere de bienes con que constituir la hipoteca de que trata el número tercero del artículo ciento sesenta y nueve, quedará obligado a constituirla sobre los primeros inmuebles o…

¿El Artículo 180 del LH está vigente?

El artículo 180 del LH está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 180 dentro del LH?

Se encuentra en la estructura: LEY HIPOTECARIA › Subsección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 180?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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