Resumen del Artículo Disposición adicional duodécima

Artículo Disposición adicional duodécima del Ley General Tributaria (LGT) — Disposición adicional duodécima. Composición de los tribunales económico-administrativos. El Presidente y los vocales de los tribunales económico-administrativos serán nombrados entre funcionarios del Estado y sus organismos autónomos, de las comunidades autónomas y entre…

LGTVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional duodécimaDisposición adicional duodécima

Disposición adicional duodécima. Composición de los tribunales económico-administrativos.

El Presidente y los vocales de los tribunales económico-administrativos serán nombrados entre funcionarios del Estado y sus organismos autónomos, de las comunidades autónomas y entre funcionarios de Administración local con Habilitación de Carácter Nacional, que reúnan los requisitos y condiciones que reglamentariamente se determinen, actuando como Secretario un Abogado del Estado.

Norma publicada: 17 de diciembre de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional duodécima

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional duodécima del LGT?

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¿El Artículo Disposición adicional duodécima del LGT está vigente?

El artículo Disposición adicional duodécima del LGT está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional duodécima dentro del LGT?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional duodécima?

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