Resumen del Artículo 6

Artículo 6 del Ley General Tributaria (LGT) — Impugnabilidad de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y…

LGTVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 6

El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones tienen carácter reglado y son impugnables en vía administrativa y jurisdiccional en los términos establecidos en las leyes.

Norma publicada: 17 de diciembre de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 6

¿Qué dice el Artículo 6 del LGT?

Impugnabilidad de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones. El ejercicio de la potestad reglamentaria y los actos de aplicación de los tributos y de imposición de…

¿El Artículo 6 del LGT está vigente?

El artículo 6 del LGT está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 6 dentro del LGT?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 6?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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