Resumen del Artículo 49

Artículo 49 del Ley General Tributaria (LGT) — Cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta. La obligación tributaria principal y la obligación de realizar pagos a cuenta se determinarán a partir de las bases tributarias, los tipos de gravamen y los demás elementos…

LGTVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 49

La obligación tributaria principal y la obligación de realizar pagos a cuenta se determinarán a partir de las bases tributarias, los tipos de gravamen y los demás elementos previstos en este capítulo, según disponga la ley de cada tributo.

Norma publicada: 17 de diciembre de 2003

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 49

¿Qué dice el Artículo 49 del LGT?

Cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta. La obligación tributaria principal y la obligación de realizar pagos a cuenta se determinarán a…

¿El Artículo 49 del LGT está vigente?

El artículo 49 del LGT está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 49 dentro del LGT?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 49?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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