Resumen del Artículo 65

Artículo 65 del Ley General de la Seguridad Social (LGSS) — Contenido de las ayudas asistenciales. Las ayudas asistenciales comprenderán, entre otras, las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo o en determinada institución; por pérdida de ingresos…

LGSSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 65

Las ayudas asistenciales comprenderán, entre otras, las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo o en determinada institución; por pérdida de ingresos como consecuencia de la rotura fortuita de aparatos de prótesis, y cualesquiera otras análogas cuya percepción no esté regulada en esta ley ni en las normas específicas aplicables a los regímenes especiales.

Norma publicada: 30 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 65

¿Qué dice el Artículo 65 del LGSS?

Contenido de las ayudas asistenciales. Las ayudas asistenciales comprenderán, entre otras, las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un…

¿El Artículo 65 del LGSS está vigente?

El artículo 65 del LGSS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 65 dentro del LGSS?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV › Sección 6.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 65?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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