Resumen del Artículo 249

Artículo 249 del Ley General de la Seguridad Social (LGSS) — Acción protectora y cotización 1. La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones de aquella, incluido el desempleo. Respecto a la protección por…

LGSSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 249

1. La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles y prestaciones de aquella, incluido el desempleo.

Respecto a la protección por desempleo, resultará de aplicación lo establecido en el título III con las especialidades previstas en el artículo 290.

2. Los contratos suscritos conforme a lo dispuesto en el apartado anterior de este artículo estarán exentos de la cotización por formación profesional.

Norma publicada: 30 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 249

¿Qué dice el Artículo 249 del LGSS?

Acción protectora y cotización 1. La acción protectora de la Seguridad Social del trabajador contratado para la formación y el aprendizaje comprenderá todas las contingencias, situaciones protegibles…

¿El Artículo 249 del LGSS está vigente?

El artículo 249 del LGSS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 249 dentro del LGSS?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO XVII › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 249?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.