Resumen del Artículo 242

Artículo 242 del Ley General de la Seguridad Social (LGSS) — Incumplimientos en materia de accidentes de trabajo. El incumplimiento por parte de las empresas de las órdenes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de las resoluciones de la autoridad laboral en materia de paralización de trabajos que no cumplan las normas de…

LGSSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 242

El incumplimiento por parte de las empresas de las órdenes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de las resoluciones de la autoridad laboral en materia de paralización de trabajos que no cumplan las normas de seguridad y salud se equiparará, respecto de los accidentes de trabajo que en tal caso pudieran producirse, a la falta de formalización de la protección por dicha contingencia de los trabajadores afectados, con independencia de cualquier otra responsabilidad o sanción a que hubiera lugar.

Norma publicada: 30 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 242

¿Qué dice el Artículo 242 del LGSS?

Incumplimientos en materia de accidentes de trabajo. El incumplimiento por parte de las empresas de las órdenes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de las resoluciones de la autoridad…

¿El Artículo 242 del LGSS está vigente?

El artículo 242 del LGSS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 242 dentro del LGSS?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO XVI › Sección 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 242?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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