Resumen del Artículo 199

Artículo 199 del Ley General de la Seguridad Social (LGSS) — Norma especial sobre incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional. Las disposiciones de desarrollo de la presente ley adaptarán, en cuanto a enfermedades profesionales, las normas de este capítulo a las peculiaridades y características especiales de dicha…

LGSSVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 199

Las disposiciones de desarrollo de la presente ley adaptarán, en cuanto a enfermedades profesionales, las normas de este capítulo a las peculiaridades y características especiales de dicha contingencia.

Norma publicada: 30 de octubre de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 199

¿Qué dice el Artículo 199 del LGSS?

Norma especial sobre incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional. Las disposiciones de desarrollo de la presente ley adaptarán, en cuanto a enfermedades profesionales, las normas de…

¿El Artículo 199 del LGSS está vigente?

El artículo 199 del LGSS está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 199 dentro del LGSS?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO XI.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 199?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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