LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente ley foral por la que se modifica la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
PREÁMBULO
En ejercicio de la iniciativa legislativa que le reconoce el artículo 19.1.a) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, el Gobierno de Navarra, por Acuerdo de 1 de septiembre de 2021, remitió al Parlamento de Navarra el proyecto de Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética.
Teniendo en cuenta que su disposición final segunda contiene la modificación de los artículos 166 y 170 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que requiere mayoría absoluta para su aprobación, procede desglosar el contenido relativo a la referida Ley Foral conforme a lo dispuesto en el artículo 152.3 del Reglamento del Parlamento de Navarra.
Modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se añade un apartado cuarto al artículo 166 con el siguiente contenido:
Dos. Se modifica el apartado 1.b) del artículo 170, que quedará redactado en los siguientes términos:
Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 22 de marzo de 2022.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 66, de 1 de abril de 2022)