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Ley Foral 2/2005, de 24 de febrero, de Cuentas Generales de Navarra de 2003.

BOE-A-2005-5553·7 de abril de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

La Ley Foral 2/2005, de 24 de febrero, tiene como objeto principal la aprobación de las Cuentas Generales de Navarra correspondientes al ejercicio 2003. Se trata de un documento legal que formaliza la rendición de cuentas de la gestión económica y financiera de la Comunidad Foral de Navarra durante ese año. Esta ley afecta directamente a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, incluyendo el Parlamento de Navarra, la Cámara de Comptos, el Defensor del Pueblo, los organismos autónomos y las sociedades públicas dependientes de la Comunidad. Indirectamente, afecta a todos los ciudadanos de Navarra, ya que refleja la gestión de los recursos públicos y la situación financiera de la región. Las disposiciones más relevantes de la ley son: Aprobación de las Cuentas Generales: El artículo único aprueba formalmente las Cuentas Generales de Navarra de 2003, que fueron formuladas por el Departamento de Economía y Hacienda y aprobadas previamente por el Gobierno de Navarra. Contenido de las Cuentas: Se especifica que el contenido detallado de las Cuentas Generales se encuentra en cuatro tomos, que incluyen estados de liquidación de presupuestos, balances generales, cuentas de resultados, estados de origen y aplicación de fondos, cuentas de tesorería y endeudamiento, inventarios de bienes, derechos y obligaciones, estados demostrativos de la evolución de derechos a cobrar y obligaciones a pagar, inversiones en bienes de dominio público, y compromisos adquiridos con cargo a ejercicios futuros. Cumplimiento y Publicación:** Se ordena la publicación de la ley en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado, así como el cumplimiento de la misma por parte de los ciudadanos y las autoridades. En resumen, la Ley Foral 2/2005 es un instrumento legal esencial para la transparencia y el control de la gestión pública en Navarra, ya que permite al Parlamento y a la ciudadanía conocer y evaluar la ejecución del presupuesto y la situación financiera de la Comunidad Foral en el ejercicio 2003.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Cuentas Generales de Navarra de 2003.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, corresponde a la Diputación la elaboración de los Presupuestos Generales y la formalización de las Cuentas para su presentación al Parlamento, a fin de que por éste sean debatidos, enmendados y, en su caso, aprobados, todo ello conforme a lo que determinen las leyes forales. El artículo 110 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, atribuye al Departamento de Economía y Hacienda la formulación de las Cuentas Generales de Navarra, las cuales, una vez aprobadas por el Gobierno de Navarra, deberán remitirse al Parlamento de Navarra mediante el correspondiente Proyecto de Ley Foral, tal como se previene en el artículo 115 de la Ley Foral 8/1988. Cumplimentados por el Gobierno de Navarra los trámites indicados en relación con las Cuentas Generales del ejercicio 2003, emitido por la Cámara de Comptos el preceptivo dictamen y tramitado el proyecto de Ley Foral de Cuentas Generales de Navarra de 2003 de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 151 del Reglamento del Parlamento de Navarra, procede la aprobación de dicha Ley Foral.

Artículo único.

Se aprueban las Cuentas Generales de Navarra de 2003 formuladas por el Departamento de Economía y Hacienda y aprobadas por el Gobierno de Navarra, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113, 114 y 115 de la Ley Foral 8/1988, de la Hacienda Pública de Navarra, y cuyo contenido figura en los documentos siguientes:

Tomo I.-Contiene las Cuentas del Parlamento de Navarra, de la Cámara de Comptos, del Defensor del Pueblo, las Cuentas de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, las Cuentas de las Sociedades Públicas y el Análisis de la ejecución de los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2003. Este tomo contiene, entre otros, los siguientes documentos: Estados de Liquidación de los Presupuestos de Gastos e Ingresos.

Balance General de Situación. Cuenta de Resultados. Estado de origen y aplicación de fondos. Cuenta general de Tesorería. Cuenta general de endeudamiento. Inventario de bienes, derechos y obligaciones. Estado demostrativo de la evolución y situación de los derechos a cobrar y de las obligaciones a pagar procedentes de ejercicios anteriores. Estado demostrativo de las inversiones realizadas durante el ejercicio en bienes de dominio público afectados al uso general. Estado de los compromisos adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

Tomos II y III.-Desarrollo de las Cuentas del Parlamento de Navarra, de la Cámara de Comptos, del Defensor del Pueblo y de las Sociedades Públicas.

Tomo IV.-Documentos detalle de la Liquidación de los Presupuestos Generales de Navarra y de los Estados Financieros al cierre del ejercicio 2003.

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 24 de febrero de 2005.

MIGUEL SANZ SESMA, Presidente (Publicada en el "Boletín Oficial de Navarra" número 30, de 11 de marzo de 2005)

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