Resumen del Artículo 89

Artículo 89 del Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. (codigo) — La Administración sanitaria de la Comunidad Foral fomentará las actividades de investigación sanitaria, tanto básica como aplicada.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 89

La Administración sanitaria de la Comunidad Foral fomentará las actividades de investigación sanitaria, tanto básica como aplicada.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1990

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 89

¿Qué dice el Artículo 89 del codigo?

La Administración sanitaria de la Comunidad Foral fomentará las actividades de investigación sanitaria, tanto básica como aplicada.

¿El Artículo 89 del codigo está vigente?

El artículo 89 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 89 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 89?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.