Resumen del Artículo 40

Artículo 40 del Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud. (codigo) — Navarra se constituye en Región Sanitaria integrada por las Áreas de Salud establecidas en el artículo anterior, y cuya gestión descentralizada de los Centros y establecimientos como asimismo de las prestaciones sanitarias se encomienda al Servicio Navarro de Salud.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 40

Navarra se constituye en Región Sanitaria integrada por las Áreas de Salud establecidas en el artículo anterior, y cuya gestión descentralizada de los Centros y establecimientos como asimismo de las prestaciones sanitarias se encomienda al Servicio Navarro de Salud.

Norma publicada: 23 de noviembre de 1990

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 40

¿Qué dice el Artículo 40 del codigo?

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¿El Artículo 40 del codigo está vigente?

El artículo 40 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 40 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 40?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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