Resumen del Artículo 255

Artículo 255 del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — Llevará también cada Juez de instrucción otro libro titulado «Registro de procesados en rebeldía» con las formalidades prescritas para el de penados. En este libro se anotarán todas las causas cuyos procesados hayan sido declarados rebeldes, y se hará en el asiento de cada uno…

LECrimVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 255

Llevará también cada Juez de instrucción otro libro titulado «Registro de procesados en rebeldía» con las formalidades prescritas para el de penados.

En este libro se anotarán todas las causas cuyos procesados hayan sido declarados rebeldes, y se hará en el asiento de cada uno la anotación correspondiente cuando el rebelde fuere habido.

Norma publicada: 14 de septiembre de 1882

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 255

¿Qué dice el Artículo 255 del LECrim?

Llevará también cada Juez de instrucción otro libro titulado «Registro de procesados en rebeldía» con las formalidades prescritas para el de penados. En este libro se anotarán todas las causas cuyos…

¿El Artículo 255 del LECrim está vigente?

El artículo 255 del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 255 dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 255?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.