Resumen del Artículo 247

Artículo 247 del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — Los Jueces municipales tendrán obligación de remitir cada mes al Presidente de la Audiencia Territorial respectiva un estado de los juicios sobre faltas que durante el mes anterior se hubiesen celebrado.

LECrimVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 247

Los Jueces municipales tendrán obligación de remitir cada mes al Presidente de la Audiencia Territorial respectiva un estado de los juicios sobre faltas que durante el mes anterior se hubiesen celebrado.

Norma publicada: 14 de septiembre de 1882

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 247

¿Qué dice el Artículo 247 del LECrim?

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¿El Artículo 247 del LECrim está vigente?

El artículo 247 del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 247 dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 247?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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