Artículo 24
Terminado el sumario, toda cuestión de competencia que se promueva suspenderá los procedimientos hasta la decisión de ella.
Norma publicada: 14 de septiembre de 1882
Resumen del Artículo 24
Artículo 24 del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — Terminado el sumario, toda cuestión de competencia que se promueva suspenderá los procedimientos hasta la decisión de ella.
Terminado el sumario, toda cuestión de competencia que se promueva suspenderá los procedimientos hasta la decisión de ella.
Norma publicada: 14 de septiembre de 1882
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Terminado el sumario, toda cuestión de competencia que se promueva suspenderá los procedimientos hasta la decisión de ella.
El artículo 24 del LECrim está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO II.
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