Resumen del Artículo 213

Artículo 213 del Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) — El recurso de queja para cuya interposición no señale término la Ley podrá interponerse en cualquier tiempo, mientras estuviese pendiente la causa.

LECrimVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 213

El recurso de queja para cuya interposición no señale término la Ley podrá interponerse en cualquier tiempo, mientras estuviese pendiente la causa.

Norma publicada: 14 de septiembre de 1882

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 213

¿Qué dice el Artículo 213 del LECrim?

El recurso de queja para cuya interposición no señale término la Ley podrá interponerse en cualquier tiempo, mientras estuviese pendiente la causa.

¿El Artículo 213 del LECrim está vigente?

El artículo 213 del LECrim está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 213 dentro del LECrim?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 213?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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