Resumen del Artículo 729

Artículo 729 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Tercerías en casos de embargo preventivo. En el embargo preventivo, podrá interponerse tercería de dominio, pero no se admitirá la tercería de mejor derecho, salvo que la interponga quien en otro proceso demande al mismo deudor la entrega de una cantidad de dinero. La…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 729

En el embargo preventivo, podrá interponerse tercería de dominio, pero no se admitirá la tercería de mejor derecho, salvo que la interponga quien en otro proceso demande al mismo deudor la entrega de una cantidad de dinero.

La competencia para conocer de las tercerías a que se refiere el párrafo anterior corresponderá al tribunal que hubiese acordado el embargo preventivo.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 729

¿Qué dice el Artículo 729 del LEC?

Tercerías en casos de embargo preventivo. En el embargo preventivo, podrá interponerse tercería de dominio, pero no se admitirá la tercería de mejor derecho, salvo que la interponga quien en otro…

¿El Artículo 729 del LEC está vigente?

El artículo 729 del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 729 dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 729?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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