Resumen del Artículo 655

Artículo 655 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Ámbito de aplicación de esta sección y aplicación supletoria de las disposiciones de la sección anterior. 1. Las normas de esta sección se aplicarán a las subastas de bienes inmuebles y a las de bienes muebles sujetos a un régimen de publicidad registral similar al de aquéllos,…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 655

1. Las normas de esta sección se aplicarán a las subastas de bienes inmuebles y a las de bienes muebles sujetos a un régimen de publicidad registral similar al de aquéllos, exceptuando, en relación con estos últimos, las reglas relativas a la adjudicación y puesta en posesión de los bienes.

2. En las subastas a que se refiere el apartado anterior serán aplicables las normas de la subasta de bienes muebles, salvo las especialidades que se establecen en los artículos siguientes.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 655

¿Qué dice el Artículo 655 del LEC?

Ámbito de aplicación de esta sección y aplicación supletoria de las disposiciones de la sección anterior. 1. Las normas de esta sección se aplicarán a las subastas de bienes inmuebles y a las de…

¿El Artículo 655 del LEC está vigente?

El artículo 655 del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 655 dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO III › CAPÍTULO IV › SECCIÓN 6.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 655?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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