Resumen del Artículo 318

Artículo 318 del Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) — Modo de producción de la prueba por documentos públicos. Los documentos públicos tendrán la fuerza probatoria establecida en el artículo 319 si se aportaren al proceso en original o por copia o certificación fehaciente, ya sean presentadas éstos en soporte papel o mediante…

LECVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 318

Los documentos públicos tendrán la fuerza probatoria establecida en el artículo 319 si se aportaren al proceso en original o por copia o certificación fehaciente, ya sean presentadas éstos en soporte papel o mediante documento electrónico, o si, habiendo sido aportado por copia simple, en soporte papel o imagen digitalizada, conforme a lo previsto en el artículo 267, no se hubiere impugnado su autenticidad.

Norma publicada: 7 de enero de 2000

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 318

¿Qué dice el Artículo 318 del LEC?

Modo de producción de la prueba por documentos públicos. Los documentos públicos tendrán la fuerza probatoria establecida en el artículo 319 si se aportaren al proceso en original o por copia o…

¿El Artículo 318 del LEC está vigente?

El artículo 318 del LEC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 318 dentro del LEC?

Se encuentra en la estructura: LIBRO II › CAPÍTULO VI › SECCIÓN 2.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 318?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.