Resumen del Artículo Disposición final cuarta

Artículo Disposición final cuarta del Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) — Disposición final cuarta. Ampliación a otras enfermedades. El Gobierno, en el plazo de un año, presentará un proyecto de ley en el que determinará la aplicación de los principios de esta ley a otras enfermedades respecto a las que pueda considerarse que se aplican los mismos…

TRLGDCUVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición final cuartaDisposición final cuarta

Disposición final cuarta. Ampliación a otras enfermedades.

El Gobierno, en el plazo de un año, presentará un proyecto de ley en el que determinará la aplicación de los principios de esta ley a otras enfermedades respecto a las que pueda considerarse que se aplican los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas.

Norma publicada: 16 de noviembre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final cuarta

¿Qué dice el Artículo Disposición final cuarta del TRLGDCU?

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¿El Artículo Disposición final cuarta del TRLGDCU está vigente?

El artículo Disposición final cuarta del TRLGDCU está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final cuarta dentro del TRLGDCU?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final cuarta?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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