Resumen del Artículo 6

Artículo 6 del Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) — Concepto de producto. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 136, a los efectos de esta norma, es producto todo bien mueble conforme a lo previsto en el artículo 335 del Código Civil.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 6

¿Qué dice el Artículo 6 del TRLGDCU?

Concepto de producto. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 136, a los efectos de esta norma, es producto todo bien mueble conforme a lo previsto en el artículo 335 del Código Civil.

¿El Artículo 6 del TRLGDCU está vigente?

El artículo 6 del TRLGDCU está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 6 dentro del TRLGDCU?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 6?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.