Resumen del Artículo Disposición final segunda

Artículo Disposición final segunda del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Disposición final segunda. Comunidad Foral de Navarra. En virtud de su régimen foral, la aplicación a la Comunidad Foral de Navarra de lo dispuesto en esta Ley se llevará a cabo sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición final segundaDisposición final segunda

Disposición final segunda. Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de su régimen foral, la aplicación a la Comunidad Foral de Navarra de lo dispuesto en esta Ley se llevará a cabo sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición final segunda

¿Qué dice el Artículo Disposición final segunda del LCSP?

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El artículo Disposición final segunda del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición final segunda dentro del LCSP?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición final segunda?

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