Resumen del Artículo Disposición adicional vigésima tercera

Artículo Disposición adicional vigésima tercera del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Disposición adicional vigésima tercera. Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación. Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la…

LCSPVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional vigésima terceraDisposición adicional vigésima tercera

Disposición adicional vigésima tercera. Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación.

Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán las fórmulas de coordinación y colaboración más adecuadas para favorecer la coherencia de sus pronunciamientos y para la unificación de su doctrina en relación con las cuestiones que sean sometidas a su conocimiento. Dichos órganos podrán además proponer los ajustes normativos y recomendaciones que resulten pertinentes para un mejor funcionamiento de los mecanismos de recurso previstos en la normativa sobre contratos públicos.

Norma publicada: 8 de noviembre de 2017

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional vigésima tercera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional vigésima tercera del LCSP?

Disposición adicional vigésima tercera. Coordinación entre los órganos de resolución de recursos especiales en materia de contratación. Los diferentes órganos de recurso que sean creados acordarán…

¿El Artículo Disposición adicional vigésima tercera del LCSP está vigente?

El artículo Disposición adicional vigésima tercera del LCSP está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional vigésima tercera dentro del LCSP?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición adicional vigésima tercera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.