Artículo 24
Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado.
Norma publicada: 8 de noviembre de 2017
Resumen del Artículo 24
Artículo 24 del Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) — Régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público. Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado.
Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado.
Norma publicada: 8 de noviembre de 2017
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Régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público. Los contratos del sector público podrán estar sometidos a un régimen jurídico de derecho administrativo o de derecho privado.
El artículo 24 del LCSP está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 3.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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